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Este blog está destinado a la discusión elevada de temas trascendentales del ser humano y la problemática del paradigma de la humanidad en su etapa tecnológica.

2.28.2020

Cuenca de río Petorca y Derechos de Agua Concedidos

He oído decir que los grandes agricultores de Petorca se apropiaron del agua y les negaron ese derecho a los pequeños agricultores. Más aún, que esto sería un plan de la dictadura militar, ejecutado a través del capitalista Código de Aguas publicado en 1981. Por eso me puse a investigar cómo ha evolucionado la concesión de derechos de agua en Petorca para ver si esas declaraciones tienen asidero en la realidad.
A partir de los datos disponibles en la web de la DGA, logré construir una gráfica de los derechos de agua concedidos acumulativamente, a través de los años. Tuve que traducir los caudales de agua a litros por segundo.
Obtuve lo siguiente, para derechos consuntivos:




En el caso del agua subterránea (línea roja), no hubo un incremento especial de concesión de derechos de agua consuntivos en los primeros años del código de aguas , ni se agotaron los derechos posibles de conceder (no se adueñaron del agua).

En el caso del agua superficial (línea azul), se observa que en 1993, época democrática, el FISCO, DIRECCION DE OBRAS HIDRAULICAS, adquirió una gran cantidad de derechos de agua.

Esto me lleva a concluir que no se ha privado de oportunidad de adquirir derechos de agua a los pequeños agricultores. ¿Por qué no los adquirieron oportunamente? Se puede especular muchas explicaciones, pero lo mejor sería preguntar directamente a los afectados y esperar una sincera respuesta. ¿Es responsabilidad de otros?

He escuchado decir también que el Estado ha financiado más a los grandes agricultores que a los pequeños. Habría que identificar los fondos y cómo se decidió entre un proyecto y otro, si es que había varios proyectos concursando para los fondos. ¿Está bien dejar que otros propongan proyectos y ganen concursos de fondos, y luego exigir participación de sus beneficios?

¿El sistema de otorgamiento de derechos de agua es una buena forma de distribuir este recurso limitado? ¿Existe una forma más sabia y equitativa? Algunos querrán decir que el Estado debería establecer cuánta agua puede utilizar cada quien, y cuándo. 

Para que la DGA otorgue derechos de agua a una persona, la persona debe invertir primero (construir un pozo, medir el caudal extraíble), y luego publicar una solicitud. La persona está declarando públicamente algo como: "yo tengo un pozo y estoy dispuesto a gastar mis recursos para la extracción del agua. Utilizaré cierta cantidad de agua disponible, si nadie tiene objeción, ya que nadie más la está utilizando. Requiero que la autoridad que nos gobierna me conceda un derecho sobre esta agua, para saber que no me será arrebatada, para poder planificar y desarrollar mi actividad y así producir un bien".

El problema surge cuando ya no se conceden más derechos. No es lógico conceder derechos excediendo lo que la naturaleza brinda en la realidad. ¿Cuánto es el 10% de cero? Acciones de un río seco, ¿de qué valen? Alguien dirá: "Ése de ahí tiene muchos derechos, y los usa todos. ¿Por qué no sacrifica parte de su producción para que otros produzcan?". ¿Será eso productivamente eficiente? ¿Es justo quitar a uno un derecho otorgado para dárselo a otro? ¿Incentiva la inversión un escenario así? ¿Quién puede determinar la distribución equitativa y socialmente justa? ¿Qué tal si todos tenemos la misma cantidad de derechos de agua? ¿Un agricultor con 15 hectáreas requiere la misma cantidad de agua que uno con 2 hectáreas? ¿Un sistema de agua potable rural requiere la misma cantidad de derechos que una empresa minera? ¿Es injusto que uno tenga más derechos?

La sequía se ha encargado de mostrarnos la importancia del agua y de invertir en infraestructura para disponer de ella.

Para una producción minera, un litro de agua vale distinto que para una producción agrícola. ¿Cuántas lechugas riegas con 1 l/s? ¿Cuánto oro extraes con 1 l/s? 

Es interesante que la producción de agua potable requiere adquirir derechos de agua según crece la población y demanda. Pero el agua disponible va disminuyendo y no hay más derechos disponibles. ¿Cuánto vale comprar derechos de agua a una empresa minera?

Algunas ideas que he pensado:

Quizá, como la tierra paga impuesto según su uso, el agua debería pagar impuesto según su uso. ¿Cuánto contamina el agua una huerta de lechugas? ¿Cuánto la contamina una mina de oro?

Si los derechos de agua fueran proporcionales al agua disponible, se adecuarían los caudales legalmente extraíbles a la disponibilidad del recurso. Es decir, si adquiero derecho sobre un 1% del agua subterránea de una cuenca, y la napa no ha recibido recarga y con ello disminuye su caudal de extracción sustentable, entonces voy a disponer legalmente de menos caudal, pero la misma proporción adquirida. Por lo tanto, todos los propietarios de derechos disminuyen sus caudales efectivos proporcionalmente y así no existen derechos no sustentables. Los derechos otorgados suman 100% cuando la cuenca está cerrada para nuevos otorgamientos.

Si se limitara la cantidad de agua utilizada para alguna actividad (p.ej. minería), los derechos de agua para dicha actividad, al concederse por completo, se venderían entre empresas de la misma actividad, optimizando dicha actividad sin desplazar actividades menos rentables.